Peajes y simuladores

La CNMC establece por Resolución los peajes aplicables a redes de transporte, redes locales y regasificación siguiendo la metodología definida en la Circular 6/2020.  

Los peajes de transporte aplican a todos los puntos de entrada y salida de la red troncal. Constan de un término fijo de capacidad específico para cada punto y sentido de flujo y de un término variable en función de la energía transportada.

Únicamente se establece peaje de tipo interrumpible para el punto VIP PIRINEOS en sentido entrada. Para las salidas de este punto y para VIP IBÉRICO en ambos sentidos de flujo, la contratación de capacidad interrumpible está sujeta a los mismos peajes que la capacidad firme, considerándose compensaciones ex - post en caso de ejecución de la interrumpibilidad.

Los peajes de redes locales aplican a todos los puntos de salida de demanda nacional, tanto para puntos conectados a la red de transporte como a la red de distribución. Los peajes de redes locales diferencian entre 11 grupos tarifarios en función del consumo anual, y constan de tres términos: un término fijo por capacidad contratada, un término variable por volumen y un término denominado de capacidad demandada, que tiene en cuenta la capacidad máxima demandada, las capacidades contratadas en el punto de suministro y las duraciones de los servicios contratados. Los dos primeros son específicos de cada uno de los grupos tarifarios.

De forma transitoria, la CNMC ha establecido una distinción en el peaje de redes locales en función de la presión de entrega para algunos de los grupos. El valor de referencia para la distinción por presión es de 4 bar y abarca a grupos con consumos entre los 300 MWh/a y los 15 GWh/a. Además, la CNMC hace una distinción adicional en peajes de redes locales para aquellos puntos de salida suministrados por planta satélite.

Además de los peajes señalados, se define un nuevo peaje asociado a la recuperación de otros costes de regasificación que será facturado por los operadores de las infraestructuras desde donde se realiza suministro de gas a consumidor final. Este peaje consta de:

  • Un término variable aplicable a las cargas de cisternas con destino que no sea una planta satélite de distribución.
  • Un término fijo aplicable a los suministros que no tengan obligación de disponer de un equipo de medida que permita el registro diario del caudal demandado.
  • Un término fijo diferenciado por el tamaño aplicable a los puntos de suministro con obligación de disponer de telemedida y, en su caso, a todos aquellos puntos de suministro que se determine que han de disponer de equipo de medida que permita el registro diario del caudal máximo demandado.   

En todos los peajes aplicables a puntos de salida nacional, tanto de transporte y redes locales como los peajes de recuperación de otros costes de regasificación se establecen unos peajes específicos para aquellos puntos de suministro sin obligación de disponer de telemedida, para los que el término fijo no es un término de capacidad sino un término fijo anual por cliente.

Los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación son comunes para todas las plantas y específicos para cada uno de los servicios prestados. La estructura de los peajes de acceso a plantas está adaptada a la naturaleza de cada uno de los servicios ofrecidos y generalmente constan de un término fijo por capacidad contratada y un término variable por volumen.

 

Cánones de almacenamientos subterráneos

Los cánones aplicables al uso de los almacenamientos subterráneos básicos vienen definidos por Orden Ministerial siguiendo la metodología establecida en el Real Decreto 1184/2020.

Los cánones distinguen entre almacenamiento, inyección y extracción, y constan únicamente de un término fijo de capacidad aplicable a los productos de duración anual.

Para todos aquellos servicios contratables en productos de distinta duración, el término fijo del peaje o canon se calcula mediante aplicación de multiplicadores al término fijo de capacidad del producto de duración anual correspondiente.

Los usuarios que hayan contratado capacidad diaria interrumpible de inyección o extracción recibirán una compensación mensual por las interrupciones ejecutadas durante el mes.

 

Simuladores

Consulta los simuladores de garantías de contratación y de desbalances y el simulador de peajes.

Año de gas vigente: octubre 2024 - septiembre 2025

 

Tanto la información contenida en el simulador como sus posibles resultados resultan únicamente orientativos y no disponen de vinculación legal alguna.