Transparencia y responsabilidad fiscal

 

En marzo de 2017 el Consejo de Administración de Enagás acordó la adhesión de la compañía al Código de Buenas Prácticas Tributarias. Este Código, impulsado por la Agencia Tributaria, contiene recomendaciones para mejorar la aplicación del sistema tributario en las corporaciones a través del incremento de la seguridad jurídica, la cooperación recíproca basada en la buena fe y la confianza legítima entre la Agencia Tributaria y las empresas, y la aplicación de políticas fiscales responsables en las empresas con conocimiento del Consejo de Administración.

La política fiscal de Enagás fue aprobada por el Consejo de Administración el 22 de mayo de 2017 y establece la estrategia y los principios que obligatoriamente deben guiar la conducta de todos los profesionales de Enagás, así como de su cadena de valor o terceras partes con las que se relacione la compañía.

 

 

Asimismo, en línea con su compromiso con la transparencia fiscal, Enagás presenta con carácter anual y de manera voluntaria el Informe de Transparencia Fiscal (tras su aprobación por el Consejo de Administración), que está alineado con los principios y buenas prácticas asumidas por Enagás en su Política Fiscal y el resto de medidas de Gobernanza fiscal aprobadas por el mismo. 

En junio de 2022, la compañía recibió el sello t*** , la máxima categoría del ranking elaborado por la Fundación Haz, que acredita a las compañías del IBEX35 con los máximos estándares en materia de transparencia y responsabilidad fiscal.

 

Contribución tributaria

Enagás publica en su Informe Anual el cálculo de su Contribución Tributaria Total (CTT). Esta metodología mide el impacto que representa el pago de impuestos por parte de Enagás desde el punto de vista de la contribución total de los impuestos satisfechos a las diferentes Administraciones públicas de un modo directo como consecuencia de la actividad económica de la compañía. 

 

 

La contribución adicional de las sociedades participadas por el método de puesta en equivalencia, tanto nacionales como internacionales, es de 125 millones de euros. Siendo los impuestos soportados 82 millones de euros y los recaudados 43 millones de euros.

 

 

Son impuestos que la compañía ha pagado a las Administraciones públicas de los diferentes Estados en los que opera. Estos impuestos son los que han supuesto un coste efectivo para Enagás, por ejemplo, el impuesto sobre sociedades o los impuestos medioambientales. 

 

Son impuestos que han sido ingresados por cuenta de otros contribuyentes como consecuencia de la actividad económica de Enagás, sin suponer un coste para la compañía distinto del de su gestión.

 

 

Reporte País por País y otra información fiscal

 

A continuación se desglosa la contribución tributaria de Enagás País por País en 2022 (Country by Country Report), que incluye las jurisdicciones fiscales de España, México, Perú, Estados Unidos y Chile, sociedades que se integran por integración global y proporcional.

 

JurisdicciónNº medio empleadosIntercompany extranjeroTerceros nacionalTerceros extranjeroResultados antes de impuesto sobre sociedadesImpuesto sobre Sociedades satisfecho (criterio de caja)Impuesto sobre Sociedades devengado en el año en curso *Activos tangibles distintos de tesorería e instrumentos equivalentes a tesorería
AlemaniaBélgicaColombiaFranciaGreciaItaliaMarruecosMéxicoNoruegaPerúReino UnidoSuiza
España1.3730965.811.04740.832343.56842.099182.230830.135125.43170.89595.88328.288747.790176.480293.457285.356.29092.961.53979.966.6774.217.213.146
México20111.599000000000000-1.000.83707.919145.473
Perú30828.507000000000000-186.6246.6544.118358.592
Estados Unidos000000000000000-9.598.66301.398.2410
Chile10579.976000000000000237.294.626068.610.6670

 

* En España, el incremento existente del tipo efectivo vs. el tipo nominal se debe principalmente a la limitación de la exención de los dividendos en un 95 %. En el resto de jurisdicciones (México, Perú, Estados Unidos y Chile), esta diferencia se debe a i) su condición de sociedades holding, con ingresos exentos (dividendos); o ii) sociedades con un nivel de ingresos inmaterial. La tributación en estas jurisdicciones se realiza a través de las sociedades participadas por puesta en equivalencia, cuyo detalle no está incluido en este alcance.

 

En materia de paraísos fiscales, y de acuerdo con lo establecido en su Política Fiscal, Enagás no utiliza estructuras de carácter opaco con la finalidad de minorar la carga impositiva, ni realiza operaciones artificiosas no vinculadas a la actividad empresarial para minorar la tributación. 

Asimismo, la compañía renuncia a la realización de inversiones en o a través de territorios calificados como paraísos fiscales según la normativa fiscal vigente española, con la finalidad de reducir la carga fiscal. Actualmente, Enagás no tiene presencia, ni desarrolla ninguna actividad en aquellos territorios calificados como paraísos fiscales de acuerdo con la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.